ACCIONES REALIZADAS PARA
EL LOGRO DE OBJETIVOS
- Incremento de la partida presupuestaria :
El
14 de agosto de 2003, mediante la firma de los Decretos 582 y 583 se libera el presupuesto de la CNPA para el otorgamiento de pensiones
no contributivas
a la vejez.
Las Leyes Nº 25.287/04, Nº 25.967/05; Nº 26.078 /06 y Nº 26.198 otorgan créditos para la CNPA significativamente superiores al de años anteriores.
- Redefinición de criterios de evaluación
Para eliminar obstáculos en el inicio del trámite y en las ponderaciones del proceso de determinación de derecho con relación al peticionante - tipo de ingreso, bienes y condiciones de sus bienes, cobertura de los programas, salud y riesgo sanitario, características sociodemográficas del lugar de residencia- y familiares obligados al amparo familiar - situación socio-económica del familiar obligado, posibilidades del cumplimiento del amparo familiar por ingresos, egresos.
- Adaptación de recursos a los desafíos presentados a la gestión
Durante los meses de Julio a Noviembre de 2004 se montaron operativos de trabajo nocturno para poner al día 110.000 trámites pendientes de resolución acumulados como consecuencia de las restricciones que generaba la asignación de presupuestaria. Colaboraron 120 alumnos y graduados de la Universidad Nacional de Luján.
- Suscripción de convenios de cooperación técnica con universidades nacionales .
-Universidad Nacional de Lujan para el análisis formal y determinación legal del derecho.
- Universidad Nacional de Lanús y Universidad Nacional de La Matanza para realización de encuestas socioeconómicas y asesoramiento a solicitantes de pensiones no contributivas (Disposición 1002/04 MDS).
- Reorganización por región de los equipos técnicos de evaluación .
Esto permitió la elaboración de diagnósticos precisos de las distintas regiones del país y una evaluación que tuvo en cuenta las distintas realidades locales.
El personal de la CNPA, que únicamente podía otorgar "una alta" por "una baja", estaba entrenado para evaluar las situaciones mas urgentes, debiendo descartar o retrasar la posibilidad de otorgamiento ante la mas mínima aparición de cualquier recurso de subsistencia, aunque a la persona le correspondiere la pensión asistencial para ello se participa en:
- Actividades de asistencia técnica directa en el territorio.
-En los encuentros regionales organizados por la Dirección Nacional de Diseño y Evaluación de Programas del Ministerio de Desarrollo Social en coordinación con la UNESCO.
-27 profesionales de la CNPA cursan la Especialización en "Abordaje Integral de Problemáticas Sociales en el ámbito comunitario" en el marco del Convenio suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Social con la Universidad Nacional de Lanús.
-30 profesionales de la CNPA cursan la Especialización en "Gerontología Comunitaria e Institucional" en el marco del convenio suscripto entre el Ministerio de Desarrollo Social y la Universidad Nacional de Mar del Plata.
- Convenio con Sistema de Identificación Nacional, tributario y Social (SINTyS).
La tramitación de los expedientes de solicitudes de pensiones exigía la corroboración de los datos brindados por el beneficiario mediante la presentación de documentación exigida y cruces informáticos que debían realizarse uno a uno, insumiendo tiempo y ocupación de recursos. El SINTyS, que depende del Consejo Nacional de Coordinación de Políticas Sociales de la Presidencia de la Nación, cuenta con importantes bases de datos, las que aumentan y actualizan en forma permanente. Con el fin de agilizar los procedimientos de tramitación de pensiones y evitar, en lo posible, la obtención de documentación costosa para los beneficiarios, por disposición Nº 621 de fecha 29 de julio de 2004, se firmó un acuerdo entre la CNPA y el SINTyS que tiene por objeto el cruce de los datos registrados en la CNPA con las bases de datos de la SINTyS, habiéndose obtenido de esta manera una simplificación y rapidez notoria en los trámites.
- Convenio con el Registro de la Propiedad Inmueble de la Provincia de Buenos Aires .
- Es requisito para la tramitación de Pensiones no Contributivas la presentación del Informe sobre Titularidad de Bienes Inmuebles. Para subsanar el problema a los solicitantes, con fecha 29 de noviembre de 2004, se suscribió un acuerdo entre la CNPA y el Registro de la Propiedad Inmueble de la provincia de Buenos Aires, para el cual se centraliza la obtención de la información de dicho registro en la CNPA.
- Generar condiciones para garantizar el acceso al derecho de petición de la pensión.
- Habilitación, remodelación, equipamiento (equipos informáticos y líneas entrantes) y dotación de personal (profesional y administrativo) de Sede Central y Centros de Atención Personalizada para evitar que las limitaciones geográficas impliquen un obstáculo en la solicitud y tramitación del beneficio.
- Firma de convenios con municipios y comunas. Por disposición 2509/06 se aprobó el nuevo modelo de Acuerdo Marco de Cooperación entre la CNPA y municipios u organismos comunales que cumplan similares funciones.
- Operativos en zonas vulnerables con participación de equipos técnicos-administrativos de la sede central y/o CAPs para el asesoramiento e inicio de trámite en zonas rurales, pequeñas localidades aisladas y/o de difícil acceso.
- Capacitación de actores locales en terreno para ampliar la difusión del programa.
- Participación en el trabajo del Tren Sanitario del Ministerio de Desarrollo Social.
-Trabajo articulado con otros planes sociales .
- Medidas para garantizar la transparencia de la gestión
- Criterios de "Pronto Despacho"
La solicitud de "Pronto Despacho", lejos de limitarse a pedidos reales de urgencia para casos particulares, era una práctica instaurada en el organismo, existente -precisamente- por la limitación presupuestaria. Dado que solo se podía dar un "alta" cuando se producía una "baja", los beneficiarios acudían a diversos métodos intentando mecanismos e influencias para ponerse primeros en la lista de espera. Por Circular PCNPA Nº 02/04 de fecha 20 de abril de 2004, la Presidencia de la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales resolvió que toda solicitud de "pronto despacho" debe ser solicitada por escrito, expresando el motivo que justificara dicho requerimiento y firmada por el solicitante. Dichos pedidos deberán ser aprobados por Presidencia en el caso que correspondiere.
- Difusión de los recursos disponibles.
Paralelamente se realizaron informaciones constantes (particulares y masivas) a la población, a representantes de distintas áreas de gobierno y de la sociedad civil, a fin de ponerlos en conocimiento de la nueva asignación presupuestaria y de las acciones de la CNPA, para garantizar la universalidad del derecho, solicitándoles la limitación del pedido de Pronto Despacho para aquellos casos de urgencia.
- Investigaciones de denuncias
Por Circular Nº 01/04 de fecha 20 de abril de 2004, la Presidencia de la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales resolvió que todas las áreas de dicho organismo y los Centros de Atención Personalizada debían notificar toda denuncia que recibieran, a la Presidencia de la Comisión en un plazo de 24 horas.
Las quejas o denuncias recibidas con relación al funcionamiento del organismo fueron respondidas en su totalidad, recibiendo personalmente a las personas que las efectuaron y se implementaron las acciones para su corrección (mejora de equipamiento, cambios de personal, investigaciones sumarias, etc.)
Se tomaron medidas para contrarrestar métodos establecidos por personas inescrupulosas que utilizaban el otorgamiento de pensiones para beneficio personal, entre ellas cabe destacar:
No se aceptaron presentaciones grupales de solicitudes: toda persona debió gestionar su derecho por sí misma o a través de un representante legal;
Todos los expedientes se derivaron para su inicio en los Centros de Atención Personalizada: ninguna persona pudo entregar documentación ni realizar otro tipo de trámite relacionado con el inicio de un expediente en la Sede Central;
Se difundió a través de cartas, información telefónica y actos públicos que el trámite es gratuito y no necesita gestor ni recomendación alguna.
Se trasladaron denuncias a otros organismos cuando el contenido de las mismas involucraba su accionar.
Se elevaron consultas a la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Desarrollo Social ante presunción de corresponder formular denuncia penal.
- Audiencias:
Acceso a la Información Pública. Se dio cumplimiento al Decreto Nº 1172/03 el cuál regula el mecanismo de participación ciudadana en Audiencias Públicas, dando a publicidad la información de las audiencias de la Presidenta de la Comisión Nacional de Pensiones Asistenciales. |